Guillermo Moreno cae vencido frente a Leonel Fernández

foto Guillermo Moreno 2foto Presidente Leonel Fernández 12SANTO DOMINGO. - La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible el Recurso de Casación incoado por el doctor Guillermo Moreno, líder de Alianza País, en el caso seguido a Leonel Fernández y la Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNBGLODE).

En el Recurso, calificado sin fundamento, los jueces Esther Agelán Casasnovas, Alejandro Moscoso Segarra, Fran Euclides Soto e Hirohito Reyes consideraron que la decisión de la Corte de Apelación que confirma, por segunda vez, el archivo dado a la querella de Moreno contra Fernández, contiene una exposición diáfana, lógica, y completa de las causas que llevaron al tribunal a rechazar los medios de apelación propuestos, sin que se observe alguna vulneración de orden legal o constitucional.

Se debió investigar más
La decisión contó con el voto disidente de la magistrada Miriam Germán Brito, presidenta de la Sala, quien entiende que el recurso debió ser admitido y que las acusaciones contra Fernández y FUNGLODE debieron ser investigadas a profundidad por parte de la Fiscalía.

Previendo que por la naturaleza del caso a su opinión se le diera un matiz político. Germán aclaró que no ha hecho pronunciamiento alguno sobre culpabilidad y que aunque la querella tiene debilidades (y no pequeñas), la investigación debió considerar todos los aspectos, interrogar, auditar, inquirir "aunque a la postre esta investigación se saldara a favor del ciudadano procesado".

"Pero que se trate de un saldo fruto de una investigación objetiva, minuciosa, cabal y coherente, que podría llevar o no al archivo pero con una impecable ruta procesal que no diera lugar a cuestionamientos serios", continuó diciendo.

La magistrada agregó en su voto disidente que: "Si considero que previo a decidir si se archiva o no, la procuradora fiscal debió interrogar a las personas que supuestamente hicieron donaciones, esta era una actividad necesaria para el esclarecimiento de lo que argüía el querellante, era pues deber de la Fiscalía indagar las vertientes más directas de lo que afirmaban".

Indicó que es indudable que la querella tiene falencias, pero que esto no libera a la Fiscalía de indagar a profundidad lo alegado, "antes de descartar todo ilícito de naturaleza penal e inclinarse por las llamadas "indelicadezas", que si concluye como se hizo, de que no había ilícitos, esa afirmación era una especie de innecesario agravio al procesado que se afirma no violó la ley penal, sin haber investigado el fondo".

Comentarios